LUIS ORLANDO OLIVEROS SERRANO
Funcionarios que coordinan desde Cuba o en el exterior el tráfico internacional de médicos cubanos. Incluye quienes organizan, controlan, vigilan y reprimen al personal de misiones y brigadas médicas para imponer condiciones de trabajo forzado.
Delitos del represor
- Abuso de autoridad Art. 133 CDC
- Amenazas Art. 284 CPC
- CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD: Esclavitud
- Coacción Art. 286 CPC
- DELITOS INTERNACIONALES: Crímenes contra la salud pública
- DELITOS INTERNACIONALES: Complicidad en la privación del derecho de identificación
- DELITOS INTERNACIONALES: Complicidad en trabajos forzados
- DELITOS INTERNACIONALES: Complicidad en trata y tráfico de personas
- DELITOS INTERNACIONALES: Complicidad en tratamientos análogos a esclavitud
- DELITOS INTERNACIONALES: Fraude
- Delito contra la libre emisión del pensamiento. Art. 291 Código Penal Cubano
- Delito contra los derechos de reunión, manifestación, asociación, queja y petición . Código Penal Cubano Art. 292
- Delitos: Violación de los Principios de la ética médica adoptados por la ONU
- ESTATUTO DE ROMA / CORTE PENAL INTERNACIONAL: TRAFICO DE PERSONAS - OTRAS: Retencion de haberes, abusos administativos por motivacion politica.
- ESTATUTOS DE ROMA: Esclavitud. Art. 7 Estatutos de Roma.
- Extorsión Art. 331 Código Penal Cubano
- Falsedad material e ideológica en el marco de la falsificación de estadísticas médicas